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REGLAMENTO Y MANUAL DE CONVIVENCIA DEL ESTUDIANTE
PTCOL - PORTUGUÊS NA COLÔMBIA S.A.S.
Previas las siguientes:
CONSIDERACIONES
1. Que PTCOL - PORTUGUÊS NA COLÔMBIA S.A.S. es una institución de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano, que propende el desarrollo de sus actividades en un ambiente armónico entre los diferentes integrantes de la comunidad educativa.
2. Que la institución, en cumplimiento a la normatividad vigente del Ministerio de Educación Nacional, establece pautas que orienten al estudiante en los deberes, derechos y metodologías relacionadas con su desempeño académico y disciplinario, por lo tanto, el estudiante se compromete a dar cumplimiento con el presente reglamento una vez se vincule mediante matrícula en cualquiera de los programas de idiomas que ofrece PTCOL - PORTUGUÊS NA COLÔMBIA S.A.S.
3. PTCOL - PORTUGUÊS NA COLÔMBIA S.A.S.,
RESUELVE
1. Expedir el siguiente reglamento estudiantil como instrumento de orientación sobre los valores, principios, estrategias y actuaciones que favorecen contextos de conformidad en las instalaciones o salas virtuales de PTCol.
2. El desconocimiento de este reglamento no será excusa para su incumplimiento.
REGLAMENTO ESTUDIANTIL
ARTÍCULO PRIMERO: DEFINICION. El uso del término “Colaboradores” hace referencia al personal de PTCol, abarcando instructores y personal administrativo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Los colaboradores de la institución están en conocimiento del Reglamento Interno de Trabajo, el Código de Conducta y Buen Vestir y los Principios y Valores de la Compañía.
CAPÍTULO I
DEL COMPORTAMIENTO DISCIPLINARIO
ARTÍCULO 1. Las directrices disciplinarias del presente documento pretenden estimular los valores de PTCol y la protección de los bienes y derechos procedentes de la relación entre la institución y sus estudiantes.
ARTÍCULO 2. PTCOL - PORTUGUÊS NA COLÔMBIA S.A.S. está a favor del respeto y la diversidad cultural, incluyendo las creencias, tradiciones y costumbres de sus estudiantes y colaboradores, siempre que no constituya una falta disciplinaria.
ARTÍCULO 3. Faltas o incumplimientos: Son aquellas conductas de los estudiantes que comprenden el incumplimiento de este reglamento, y que pueden ser realizadas en las instalaciones y/o salas virtuales de PTCol o fuera de ellas hacia alguno de los colaboradores de la empresa.
Se consideran Faltas Disciplinarias:
a- La conducta del estudiante que atente contra el buen nombre o el prestigio de la Institución.
b- El incumplimiento de los reglamentos de la Institución.
c- La conducta intencional que vaya en contra de los DDHH o los DHSR de los estudiantes o el personal de PTCol.
d- La hostilidad repetida y manifiesta, o la agresión de palabra o de obra contra estudiantes o personal de PTCol.
e- Consumir, permanecer o presentarse, en las instalaciones y/o salas virtuales de PTCol bajo los efectos de sustancias ilegales y/o bebidas embriagantes.
f- La intimidación o extorsión a estudiantes y/o personal de PTCol.
g- Todo acto que tienda a interrumpir el libre ejercicio de la docencia, la asistencia a las actividades académicas de cualquier índole, ya sea que el acto se cometa en forma individual o colectiva.
h- El apoderamiento, divulgación y comercialización de los contenidos académicos, incluyendo las evaluaciones.
i- La violación de los derechos de autor o de propiedad intelectual de los materiales y contenidos académicos de PTCol.
j- La falsificación o presentación de documentos fraudulentos en forma total o parcial, sean académicos o certificaciones.
k- El hurto o daño a los espacios físicos, muebles o equipos que sean propiedad de la Institución.
CAPÍTULO 2
DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
ARTÍCULO 4. Son derechos y deberes del estudiante los establecidos en la Matrícula (Contrato) con PTCOL - PORTUGUÊS NA COLÔMBIA S.A.S. y los establecidos en el Manual de Convivencia.
ARTÍCULO 5. Deberes de los estudiantes:
a- Cumplir con las normas y disposiciones disciplinarias contenidas en el Reglamento de Estudiantes y Manual de Convivencia publicados en la página web de la institución.
b- Cumplir con las condiciones de LA INSTITUCIÓN para alcanzar el nivel esperado atendiendo las exigencias del Método de PTCol.
c- Presentar el examen de Clasificación en caso de tener conocimientos previos en la Lengua de interés
d- Cumplir con al menos el 80% de las tareas asignadas en cada nivel
e- Tomar y ejecutar las medidas necesarias para nivelarse en caso de inasistencia o bajo rendimiento con base en las recomendaciones impartidas por LA INSTITUCIÓN. Los cursos de nivelación podrán ser tomados en LA INSTITUCIÓN para lo cual el ESTUDIANTE tendrá que pagar el valor correspondiente a las lecciones requeridas para su nivelación. Dicho valor corresponderá al 50% de una lección de clase privada de acuerdo con la lista de precios vigente en ese momento.
f- Informar a LA INSTITUCIÓN sobre la imposibilidad de asistir a clases o cambiar el horario de las mismas, mediante aviso previo mínimo de 3 horas sobre la clase programada, enviando un correo electrónico a info@ptcol.com, mensaje a WhatsApp o por la página www.ptcol.com utilizando el link Contacto. La condición anterior aplica únicamente para los programas privados y business. El programa Grupal PRO no contempla la reprogramación de clases durante la ejecución del Contrato. De no dar aviso en esta forma, las lecciones se cobrarán al alumno o grupo Business, sin excepción. La reprogramación de estas lecciones deberá hacerse por el estudiante cada semana.
g- Cumplir los horarios establecidos y asistir a las lecciones presenciales o virtuales comprendidas dentro del programa adquirido.
h- Asistir puntualmente por lo menos al 80% de las lecciones presenciales o virtuales (C.P.V.), ya que después de los primeros 15 minutos de la hora del agendamiento de la clase, se cerrará la sala (meet o zoom) y se tendrán en cuenta como inasistencia o clase vista, afectando de esta forma el porcentaje mínimo solicitado al ESTUDIANTE.
i- El ESTUDIANTE se compromete a cumplir con un mínimo desempeño del 80% correspondiente al seguimiento de la habilidad comunicativa que contempla el Método PTCOL.
j- El ESTUDIANTE se obliga a cumplir con el pago de la totalidad de las cuotas estipuladas, en el evento en que su modalidad de pago sea diferido por la INSTITUCION.
k- El ESTUDIANTE se compromete a cumplir con la fecha, día y hora programados para hacerle la entrega oficial del material didáctico y el original del presente Contrato, por medio de la empresa de correo certificado contratada por la INSTITUCIÓN.
l- De igual forma, el ESTUDIANTE deberá devolver firmado el Contrato con original de su firma y huella dactilar así como los documentos (Anexo 1) y Pagaré o Cuenta de Cobro abierto a favor de PTCOL - PORTUGUÊS NA COLÔMBIA S.A.S. que lo acompaña.
ARTÍCULO 6. Derechos de los estudiantes:
a- Recibir las lecciones presenciales que componen el programa de idiomas adquirido.
b- Recibir el material en perfecto estado (aplica para libro físico comprado).
c- Recibir retroalimentación sobre la clasificación de nivel.
d- Reclamar a la INSTITUCIÓN en caso de mala calidad de los productos, con el fin de que ésta realice el reemplazo de los mismos sin costo alguno.
e- Recibir asistencia técnica de LA INSTITUCIÓN para el uso de los recursos multimedia en internet.
f- Presentar ante el líder de servicio de la sede en forma oportuna y respetuosa, los reclamos, quejas y peticiones que tenga el ESTUDIANTE.
g- Recibir las lecciones bajo la modalidad privadas de nivelación por inasistencia o por bajo rendimiento que el ESTUDIANTE solicite, sin exceder diez (10) lecciones de nivelación por módulo.
h- Solicitar los reportes de progreso al finalizar cada nivel.
i- Recibir en cada nivel durante las lecciones presenciales una (1) visita de consejería por parte del Líder de Servicio de la sede en el tiempo y forma que determine LA INSTITUCIÓN, en aras de identificar niveles de satisfacción o puntos de mejora del programa.
j- Sólo para los programas Privados o Grupos Business, reprogramar o cambiar la clase, mediante aviso previo mínimo de 3 horas sobre la clase programada, enviando un correo electrónico a info@ptcol.com, mensaje a WhatsApp o por la página www.ptcol.com utilizando el link Contacto.
CAPÍTULO 3
SANCIONES DISCIPLINARIAS
ARTÍCULO 7. Proceso disciplinario. Todo proceso disciplinario debe realizarse orientado por los principios constitucionales y legales del debido proceso.
a- La primera instancia involucrada ante una situación disciplinaria es el Líder de Servicio, quien citará al estudiante para comunicarle verbalmente la consecuencia de sus actos. De lo comunicado y los acuerdos debe quedar un acta, que incluya la firma de los presentes.
b- La reincidencia en un comportamiento del cual se tengan antecedentes de proceso disciplinario puede ser objeto de evaluación por parte de la Institución, para decidir la sanción a llevar a cabo.
c- Se considera una falta disciplinaria grave aquella que pueda tener implicaciones legales o aquella que incumpla con alguno de los artículos del presente reglamento, ante las cuales la institución puede tomar como medida sancionatoria la cancelación del contrato del estudiante.
ARTÍCULO 8. Clasificación de las faltas disciplinarias: Las faltas disciplinarias de los estudiantes se clasifican como graves o leves, para efectuar la sanción. Los criterios de calificación son los siguientes:
a- La naturaleza de la falta y sus efectos.
b- Grado de participación en la falta.
c- Motivos determinantes.
d- Antecedentes disciplinarios del infractor.
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